Publicada la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil

Ley de Cooperación Jurídica InternacionalHoy se ha publicado en el BOE la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil (BOE núm. 182, de 31 de julio de 2015), una Ley muy esperada y cuya aprobación cumple con el mandato legal contenido en la Disposición Final Vigésima de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Con este instrumento se prende reforzar la seguridad jurídica en nuestro ordenamiento jurídico, así como facilitar la tarea de los órganos jurisdiccionales en su función de administrar Justicia y permitir la efectividad en el plano internacional de la tutela judicial efectiva.

Señalar que nos encontramos ante una norma con carácter subsidiario con respecto a:

  • El Derecho Comunitario, en virtud del principio de primacía del Derecho de la UE.
  • Los Acuerdos y Tratados internacionales en los que España sea parte.
  • Normativa legal específica existente a nivel interno, con base en el principio de especialidad y como consecuencia del carácter de marco general de esta nueva Ley.

Esta Ley pretende acabar con el vacío interno existente en nuestro ordenamiento, al carecer de un régimen común interno de la cooperación jurídica internacional. Vemos cómo, al fin, queda cubierta de forma efectiva la remisión legislativa del artículo 177 LEC.

Entrada en vigor: 20 de agosto de 2015.


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