Convocada la prueba de acceso a la Abogacía para 2017

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Prueba de acceso a la AbogacíaAyer se publicó en el BOE la Orden PRE/1743/2016, de 27 de octubre, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de abogado para el año 2017.

Los requisitos que han de reunir los candidatos a la fecha de realización del examen (sábado, 25 de febrero de 2017), no han cambiado:

  • Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho, o de otro título universitario de Grado equivalente en los términos establecidos por la legislación vigente.
  • Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte e inscritos en el Registro Administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto.
  • Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales.

Recordamos que se trata de una prueba grautita para la que no existe limitación en el número de plazas. Las comisiones de evaluación y las sedes de la prueba se determinarán más adelante, en función del número de candidatos.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 24 de noviembre de 2016, pudiendo realizarse telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, utilizando como sistema de autentificación el sistema Cl@ve.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia publicará la lista provisional de aspirantes incluidos y excluidos a la prueba de aptitud, que podrá consultarse en la página web del Ministerio de Justicia https:/www.mjusticia.gob.es, apartado «Trámites y gestiones personales-Acceso a la profesión de Abogado». A partir de ese momento, se concederá un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación del listado provisional en el citado portal web del Ministerio de Justicia, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión (Punto 8 de la Orden de Convocatoria). 

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